Enseñanza superior
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Organización
La enseñanza superior constituye el siguiente y último paso tras la Educación Secundaria.
Tradicionalmente esta enseñanza ha recaído en los diferentes estudios universitarios y en la Formación Profesional de Grado Superior.
Estudios universitarios
Enseñanzas de Grado
Tienen como finalidad la obtención por parte del estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas, orientada al ejercicio de actividades de carácter profesional.
La superación de las enseñanzas de Grado dará derecho a la obtención del título de Graduado/a, con la denominación específica que, en cada caso, figure en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) .
Enseñanzas de Máster
Tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras.
La superación de las enseñanzas de Máster dará derecho a la obtención del título de Máster Universitario, con la denominación específica que figure en el RUCT.
Enseñanzas de Doctorado
Se entiende por doctorado el tercer ciclo de estudios universitarios oficiales, conducente a la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad.
La superación de las enseñanzas de Doctorado dará derecho a la obtención del título de Doctor/a, con la denominación que figure en el RUCT.
Efecto de los títulos universitarios
Estos títulos universitarios tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Surtirán efectos académicos plenos y habilitarán, en su caso, para la realización de actividades de carácter profesional reguladas, de acuerdo con la normativa que en cada caso resulte de aplicación.
Cuando se trate de títulos que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España (por ejemplo, en la rama de Ingeniería y Arquitectura, en la rama de Ciencias de la Salud y, en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, las actividades profesionales del ámbito docente), el Gobierno establecerá las condiciones a las que deberán adecuarse los correspondientes planes de estudios, que además deberán ajustarse, en su caso, a la normativa europea aplicable.
Para más información sobre la organización de los estudios universitarios, consulta la información disponible en Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades .
Formación Profesional de Grado Superior
Está organizada en ciclos formativos con una duración que podrá oscilar entre dos y tres cursos académicos.
Conducen a la cualificación de Nivel 3 y al título de Técnico Superior, que permite acceder a estudios universitarios, previa superación de un procedimiento de admisión.
Para acceder a los ciclos formativos de grado superior se requerirá una de las siguientes condiciones:
- Poseer el título de Técnico de Grado Medio de Formación Profesional o el título de Técnico o Técnica de Artes Plásticas y Diseño.
- Poseer el título de Bachiller.
- Haber superado una oferta formativa de Grado C incluida en el ciclo formativo.
- Haber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos de grado superior en centros expresamente autorizados por la Administración educativa, en los términos previstos en el artículo 113.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de formación profesional de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Estar en posesión de un título de Técnico Superior de Formación Profesional o grado universitario.
En los supuestos de acceso al amparo de los puntos 3, 4 y 5 se requerirá, además, tener diecinueve años como mínimo, cumplidos en el año de realización de la prueba o del inicio de la formación.
Para más información sobre la organización de la Formación Profesional de Grado Superior, consulta la información disponible en el portal web TodoFP.
Información por Comunidades Autónomas
Andalucía Aragón Asturias, Principado de Balears, Illes Canarias Cantabria Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Ciudad de Ceuta Ciudad de Melilla Comunitat Valenciana Extremadura Galicia Madrid, Comunidad de Murcia, Región de Navarra, Comunidad Foral de País Vasco Rioja, La
Referencias legales y/o técnicas
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
- Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
- Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
- Legislación básica del Estado en materia de Formación Profesional