Última actualització: 08-11-2024

Aptitud para contratar

Contenido de esta página

Aptitud para contratar

Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.

Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.

Volver arriba

Prohibición de contratar

Las causas de prohibición de contratar son muy diversas y abarcan extremos como la condena penal por la comisión de determinados delitos, la sanción administrativa por determinadas infracciones, situación financiera de quiebra o concurso de acreedores o el haber causado la resolución de un contrato público previo.

Volver arriba

Solvencia y Clasificación

La solvencia puede acreditarse a través de los medios que se fijan en la ley y se concretan en los pliegos o bien, a través del correspondiente certificado de clasificación de contratista de obras o de empresario de servicios, inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECSP).

Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de los poderes adjudicadores. Para los de valor estimado inferior a 500.000 euros la clasificación del empresario acreditará su solvencia económica y financiera y su solvencia técnica para contratar.

Para los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario. No obstante, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos.

La obtención de un certificado de clasificación requiere hacer la correspondiente solicitud al órgano responsable del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECSP), que se encargará de tramitarla con la máxima celeridad.

Volver arriba

Información por Comunidades Autónomas

Mapa de España con comunidades autónomas Acceso al servicio de Andalucía (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Canarias (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Castilla y León (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Castilla-La Mancha (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Cataluña (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Galicia (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Madrid, Comunidad de (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Murcia, Región de (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Navarra, Comunidad Foral de (Abre en ventana nueva) Acceso al servicio de Rioja, La (Abre en ventana nueva) Andalucía Canarias Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Galicia Madrid, Comunidad de Murcia, Región de Navarra, Comunidad Foral de Rioja, La

Andalucía Aragón Asturias, Principado de Balears, Illes Canarias Cantabria Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Ciudad de Ceuta Ciudad de Melilla Comunitat Valenciana Extremadura Galicia Madrid, Comunidad de Murcia, Región de Navarra, Comunidad Foral de País Vasco Rioja, La

Volver arriba

Autoridad responsable de la información

Ministerio de Hacienda
Dirección General del Patrimonio del Estado
Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado